DGII otorga facilidades de pago a contribuyentes con deudas Acumuladas hasta el 2020, según resolución

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DIARIOPAISRD Santo Domingo.- Los contribuyentes de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) con deudas pendientes por cualquier  motivo, tienen la oportunidad de ponerse al día gracias a una serie   de facilidades que ha puesto en marcha este organismo de cara a  favorecer a quienes tienen asuntos pendientes hasta el 2020.

Así lo comunicó la licenciada Kenia Rodríguez Acosta, consultora   en tributación que ha ofrecido sus servicios profesionales a empresas privadas e instituciones del Estado, especialmente a la Dirección   General de Impuestos Internos (DGII), órgano que, aunque aprobó esta normativa a finales del 2021, es ahora cuando se hace énfasis en  la necesidad de que sus contribuyentes se acerquen a las colecturías  u oficinas de la entidad para actualizar su situación.

“Se trata de la llamada circular 14, la cual consiste en una facilidad  de pago que otorga la administración tributaria a los contribuyentes  para que éstos puedan ponerse al día con sus deudas. La misma   aplica para todo tipo de impuestos”, expresó la licenciada Kenia  Rodríguez Acosta al exponer en el programa Propuesta de la Noche  por RNN canal 27.  Es así que, según la profesional de la tributación, si el contribuyente  tiene deudas de ITEBIS, rentas, u otro tipo, el contribuyente puede  aplicar para obtener los beneficios de esta circular.  La licenciada Rodríguez Acosta recordó que la circular de  administración tributaria de la DGII fue aprobada el 23 de septiembre del año pasado y entró en vigencia el 1 de octubre de  2021, y favorece a deudores del 2020 para atrás.  “Es decir que cualquiera que tenga deudas con la DGII hasta el

2020, sin límite de monto, es beneficiario de esta circular y debe ir cuanto antes a resolver su situación por ante la administración tributaria”, agregó.  ¿Cómo se aplica la circular 14?    La consultora en tributación, licenciada Kenia Rodríguez Acosta,

ofreció algunas explicaciones sobre beneficios que ofrece la circular  14 a los deudores frente a la DGII, para lo cual se ha dividido en dos partes.

Por ejemplo, para las deudas tributarias anteriores al 2017 inclusive, la circular 14 se aplica como sigue:

Descuento del cien por ciento (100%) de los recargos, siempre que  el contribuyente realice un pago único.

Descuento de un sesenta por ciento (60%) de los recargos, cuando el  contribuyente opte por realizar el pago mediante un acuerdo de pago, el cual no debe exceder de seis (6) cuotas iguales,  consecutivas y mensuales.  Descuento de un cuarenta por ciento (40%) de los recargos, cuando

el contribuyente opte por realizar el pago mediante un acuerdo de  pago, el cual no debe exceder de doce (12) cuotas iguales, consecutivas y mensuales.

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