Maestros no podrán introducir temas personales con estudiantes, ni en recreo, salvo por intervención concretahablar temas personales con estudiantes, ni en recreo, salvo por intervención concreta

0
302

Los maestros y alumnos podrán hablar de temas personales solo cuando que se requiera alguna intervención o acompañamiento concreto, en beneficio de la salud integral de las/los estudiantes 

DIARIOPAISRD. COM** INFORMACION PRODUCIDA EN LA CAPITAL DOMINICANO. Una accion fenomenal,  la orden departamental número 22/2023, que establece el Código de Ética que regula las relaciones entre el personal docente, administrativo y los estudiantes en los centros educativos preuniversitarios, los maestros vinculados a la violación sexual de un menor pueden ser desvinculados sin ninguna  indemnización.

Esa medida es brillante  que se aplique de aunque quizás sea letras en un papel, coge todo y no sino  se lleve acabo permanente, pues un periodista de este medio de comunicación, DIARIOPAISRD.COM hace unos días que un grupo de estudiantes menores de edad, cruzaban por el lado y escucho algo que les llamo la atención y se puso a dialogar con esos alumnos de muy corta edad, y les pregunto cómo ellos sabían lo que iban haciendo, algo que algo que asombro fue entonces les pregunto quién les había dicho eso, que si algunos de sus padres y  dijeron no, la maestra que estaba hablando de muchas  cosas con nosotros y ustedes se lo dicen a su padres y expresaron que  no lo podíamos expresar a nadie, por ende que esa medida está muy maravillosa. 

Para nadie es un secreto esos niños dentro de las comunidades aledañas por tratarse de una casta vilipendia, escuchan esos muchas cosas más, y no es que lo maestros deben corregirlo porque realmente eso no es su rol, pero si esas cosas no la comente aquí con los demás, pero muchos menos ponerles dialogo de asunto que son totalmente de adulto, que es lo que están aprendiendo les dijo el reportero y ellos respondieron nosotros no sabemos, imagínese que les espera al futuro, entonces esa es una acción muy buena. Con esa acción  esta robusteciendo el hecho tan lamentable sucedido en San Pedro de Moris.

Esto a propósito del reciente caso que vincula a varias personas de la escuela de Quisqueya, en San Pedro de Macorís, quienes están señalados de violar a una menor de 13 años, además de hacer silencio frente a este hecho.

De acuerdo a los detalles, hasta el momento hay cinco personas suspendidas de sus funciones, entre estos los dos maestros acusados de cometer el delito. Uno de estos hombres, Fernando Altagracia Peña Eusebia, se entregó a las autoridades.

“Son causas para aplicar las sanciones sobre desvinculación las siguientes: Haber sido imputado por delitos contra la dignidad de las personas, su honor y su propiedad, tales como el acoso sexual, violaciones, abuso deshonesto y/o violencia intrafamiliar. Haber embarazado a una alumna o haber sido embarazada por un alumno. Resultar condenado por la comisión de un delito”, entre otros delitos, especifica el artículo 21 de esta pieza.

Además de esta sanción, este Código prohíbe que el docente o personal administrativo use calificativos que inciten a la discriminación contra el estudiante, por su inteligencia, su origen, su físico, religión, sexo, género, forma de expresarse, condición social o por ser persona con discapacidad.

De igual forma, solo se les permite a los maestros y al personal tener una relación académica.

“Ningún docente o personal administrativo puede relacionarse con los estudiantes en horario de recreo para tratar temas personales, salvo que se requiera alguna intervención o acompañamiento concreto, en beneficio de la salud integral de las/los estudiantes. Ningún personal docente o administrativo puede reunirse con estudiantes fuera del horario y el espacio escolar”, explica el artículo 10.

Asimismo, prohíbe que los maestros utilicen las redes sociales y de toda herramienta tecnológica con una finalidad diferente a la formación académica.

El Código de Ética de Educación prohíbe también que los docentes o administrativo puede hacer regalos a los estudiantes.

“En la medida de las posibilidades, ningún docente debe impartir clases a un familiar hasta segundo grado de consanguinidad o relación familiar cercana”, también especifica el artículo 10.

Este reglamento posee amonestaciones orales y escritas, dependiendo la falta que realice el docente o personal administrativo, pero también suspensiones por 30 días o definitivas.

 

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí